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Los funcionarios obligados deberán presentar la Declaración Jurada Patrimonial Inicial o Final dentro de los 30 días hábiles desde la asunción en su cargo o la renuncia (jubilación, limitación) en el cargo. Asimismo, deberán actualizar anualmente la información contenida en esa Declaración Jurada según el cronograma dictado por ésta Subsecretaría.

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